Una de las dudas más frecuentes entre fontaneros, electricistas, pintores y otros profesionales del sector es qué tipo de IVA aplicar en sus presupuestos. Equivocarse puede suponer un problema con Hacienda o perder un cliente por un precio inflado innecesariamente.
Los tres tipos de IVA en obras
IVA general: 21%
Es el tipo que se aplica por defecto en la mayoría de trabajos de construcción, instalación y reparación. Si tienes dudas, aplica este.
IVA reducido: 10%
Se puede aplicar en trabajos de rehabilitación o renovación de vivienda habitual cuando se cumplen estos requisitos simultáneamente:
- La vivienda tiene más de 2 años de antigüedad.
- El destinatario es una persona física (particular) o una comunidad de propietarios.
- No se usa para actividad empresarial o profesional.
- El coste de los materiales no supera el 40% del total de la obra.
Ejemplos típicos donde aplica el 10%: reforma integral de baño, renovación de instalación eléctrica en vivienda, pintura de interior de piso.
IVA superreducido: 4%
Muy específico. No aplica en obras habituales de autónomos de oficios.
¿Y si trabajo para empresas o locales comerciales?
Si el cliente es una empresa, un local comercial o una oficina, siempre aplica el 21%, sin excepción.
Regla práctica para autónomos de oficios
- Particular + vivienda + reforma → puede ser 10%, consulta con tu gestor
- Particular + vivienda + obra nueva → 21%
- Empresa o local → 21% siempre
- Comunidad de propietarios + zonas comunes → puede ser 10%
Importante: consulta siempre con tu asesor
Este artículo es informativo. La normativa del IVA en construcción tiene matices y excepciones. Ante una obra importante, consulta siempre con tu gestor o asesor fiscal antes de emitir el presupuesto.
Cómo aplicar el IVA en tu presupuesto
En Presupify puedes activar o desactivar el IVA y cambiar el porcentaje (21%, 10% o cualquier otro) en un solo clic. El total se recalcula automáticamente.